¡Parece mentira la cantidad de información útil que se borra de nuestro cerebro por no usarla!
Eso me ha pasado con el tema de hoy. Ocho años dedicados de defender las de nuestros clientes… y ahora que he registrado mi marca ¡he tenido que ponerme al día!
Creo que es algo fundamental para protegernos, tanto si tienes presencia en Internet como si tienes un establecimiento físico. Desde el momento en que no quieres que nadie te «robe» la imagen de marca, registrarla se vuelve imprescindible.
Precisamente por haberlas defendido (y atacado) durante tanto tiempo, soy un poco más escéptica en cuanto a la eficacia real del registro de marcas, pero está claro que es mejor que nada. Si alguien decide copiarte (es sorprendente la cantidad de gente que prefiere copiar una imagen que le gusta a dedicarle tiempo a crear una propia), nada te libra del disgusto, la pelea y la lucha por defender lo tuyo. Pero sin duda todo eso es más fácil si tienes tu marca registrada, ya que el registro refleja una fecha (no la de primer uso sino la de solicitud de la marca, por eso cuanto antes la solicites mejor), la marca, el titular, y para qué productos o servicios ha sido solicitada.
Hay mil elementos a tener en cuenta, mil situaciones posibles, y otras cuantas incidencias que pueden darse, pero voy a intentar simplificarlo y resumirlo, para quienes tengan un blog, un negocio, comercio… y quieran proteger su marca en España (también se pueden registrar a nivel comunitario las Marcas Comunitarias, pero eso será objeto de otro post, mejor no mezclar).
Si tienes dudas o prefieres encomendar esta labor a un profesional, te aconsejaría acudir a un Agente de Propiedad Industrial. Te costará más que hacerlo tú mismo, pero te ofrece servicios adicionales que hacen que merezca la pena, como la investigación de parecidos previa a la solicitud para determinar si puedes tener problemas o no en el registro y si éstos son salvables; gestionan la solicitud; te comunica cualquier incidencia; se encarga de la defensa de la marca en caso de que reciba impedimentos de la administración u oposiciones; te comunica el vencimiento de la marca para su renovación; y vigila la marca y otras que se soliciten y cuyo registro pueda perjudicar el tuyo.
En cualquier caso, es fundamental tener claro, lo primero, qué es una Marca. De acuerdo con la Ley de Marcas 17/2001 de 7 de diciembre, la marca es un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado. Pueden ser Marcas las palabras o combinaciones de palabras, imágenes, figuras, símbolos, gráficos, letras, cifras o formas tridimensionales (envoltorios, envases, formas del producto o su representación).
Las más comunes son las Marcas denominativas (combinaciones de palabras), Marcas figurativas (una imagen) o las Marcas Mixtas (combinación de las dos).
Hay casos en los que una empresa registra la misma marca mixta, en su versión denominativa y en su versión figurativa. Pero para eso hay que poder permitírselo, claro, porque estarías registrando tres marcas independientes. En los tiempos que corren, lo normal es registrar sólo una, y por eso yo recomiendo solicitarla tal y como se está usando.
La Marca nacional se solicita de forma presencial o electrónica (les ha costado, pero… ¡por fin puedes hacerlo por Internet y pagar con tarjeta!), para lo que hay que rellenar un formulario y pagar unas tasas.
Si eliges hacerlo a la antigua usanza, debes hacerlo en la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas). Si no vives en Madrid, tienes otras opciones, como en Centros Regionales de Propiedad Industrial en las Comunidad Autónomas, en cualquier Oficina de Correos (en sobre abierto, por correo certificado y con acuse de recibo), y en otros registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, o de cualquier Administración de las CCAA (por ejemplo: Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno; Áreas de Industria, Turismo y Comercio).
Como ya se indica en la definición de Marca, las Marcas protegen un signo para unos productos o servicios concretos. Toda la actividad disponible y protegible está recogida en 45 clases del Nomenclátor Internacional. Tú marca se aplica a unos productos o servicios concretos, que hay que delimitar. Las tasas dependerán de cuántas de esas 45 clases quieras definir en tu Marca. Un comercio, por ejemplo, protegerá su imagen para la clase 35, gestión de negocios comerciales o servicios de venta al por menor de cualquier objeto. Si lo que lleva la Marca es el producto, como por ejemplo unas galletas, la marca se solicitará para productos de la clase 30: galletas. Si se quiere proteger la marca para más de una clase, es mejor solicitar una para varias clases en lugar de varias marcas de sólo una clase cada una. Sale más económico.
¡Espero que esta información os sea útil! ¡Feliz semana!
Que interesante… Gracias!
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Gracias por la información…seguro que a más de uno le vendrá estupendamente. Son las típicas cuestiones que son desconocidas para la mayoría ( para mi lo es) y que se agradece que te lo expliquen tan bien.
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Me alegro de que te haya gustado! Gracias por leerme! 😉
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